Obligaciones del mantenedor de climatización.

por | Abr 26, 2021 | Climatización, Reglamentos, Seguridad | 0 Comentarios

Reglamentos.

No son pocos los reglamentos que un mantenedor debe conocer y atender, y que afectan a los usuarios y propietarios de las instalaciones térmicas.

En el caso de instalaciones que contengan gases de efecto invernadero (los que dañaban la capa de ozono ya los tenemos prohibidos) los reglamentos son mayores en número y está evolucionando constantemente.

Instalaciones de climatización

RD 115/2017, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados.

Todos los profesionales del sector conocemos este Real Decreto 115/2017 y nos vemos obligados a obtener un certificado de manipulador para estos gases. Y no solo para estos gases, para su transporte, almacén, venta de los refrigerantes y de las máquinas que los usan.

Si, lo se, el caso inexplicable de las grandes superficies que venden equipos de aire acondicionado que luego el comprador se echa al maletero del coche en contra del RD115/2017, lo se, indignante.

Para los que quieran un resumen del RD115/2017 les dejo un enlace. RD115/2017

Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

En constante evolución hacia la mejora del impacto ambiental de las instalaciones térmicas.

Yo insistiría en el Artículo 25. Titulares y usuarios:

1. El titular o usuario de las instalaciones térmicas es responsable del cumplimiento del RITE desde el momento en que se realiza su recepción provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 12.1.c) de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, en lo que se refiere a su uso y mantenimiento, y sin que este mantenimiento pueda ser sustituido por la garantía.

Aquí se plantea un evidente problema. ¿Que ocurre con el inmueble alquilado, de quien es la responsabilidad?. La responsabilidad será del propietario de la instalación. Mi consejo es que contrate con empresa habilitada ITE el mantenimiento de las instalaciones. Que el arrendador cargue, o no, los costes del mantenimiento al arrendatario…. aquí no tengo nada que decir.

Os dejo un enlace al Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo. RD178/2021.

Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

Esto es conocido por todos los profesionales. Manejamos equipos que se consideran residuos peligrosos, y debemos tener contrato con una empresa especializada en el tratamiento de este tipo de residuos.

A continuación facilito un enlace a este RD 110/1015.

 

Los instaladores y mantenedores de instalaciones térmicas tienen una gran responsabilidad.

Responsabilidad que recae en primer término sobre los propietarios de las instalaciones.

No confíe sus instalaciones al «primero que llegue», contrate profesionales acreditados y se librará de más de un quebradero de cabeza.

..

No lo olvide.

Consulte con un instalador autorizado con la acreditación profesional necesaria y el certificado para poder manipular gases refrigerantes, se quitará muchos dolores de cabeza.

Contar con un mantenedor autorizado en las instalaciones es imprescindible.

No confíe la instalación, mantenimiento o reparación a ninguna persona sin los permisos oportunos, el responsable legal es el propietario de la instalación.

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